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Branding

Marcas. Símbolos de propiedad exclusiva

Publicado 28-04-2008 por Redacción
Parece ser que los conflictos por conservar ciertos símbolos como propiedad exclusiva están generando enfrentamientos entre diferentes compañías. A las grandes empresas no les resulta muy cómodo que otras entidades desarrollen propuestas creativas que se asemejen al concepto de diseño de sus logotipos y marcas corporativas.

Hace poco mencionábamos el conflicto entre Apple y el Ayuntamiento de Nueva York tras considerar que un logotipo desarrollado dentro del ámbito de este organismo era similar al de la propia compañía, alegando que ello podría perjudicar la imagen y reputación de su marca. Parece ser que cualquier parecido razonable a la figura de su "famosa manzana" es motivo suficiente para originar un enfrentamiento, aunque lo cierto es que apple no es la única empresa que defiende estos intereses.

Recientemente el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dado la razón a la compañía Adidas otorgándole los derechos exclusivos sobre la marca formada por tres franjas verticales paralelas tras la petición de marcas como H&M o C&A que pretendían usar como motivo en sus productos dos franjas paralelas. Ante esta petición, Adidas presentó un recurso para defender sus derechos y prohibir a cualquier otra marca o empresa el uso de un signo o distintivo que pudiera causar confusión.

Tras esta sentencia el tribunal también añadió que las marcas con especial renombre gozan de una protección específica que ni siquiera exige la existencia de un riesgo de confusión entre el signo y la propia marca.

De esta forma, símbolos que podrían parecer tan comunes como unas franjas paralelas se convierten en propiedad exclusiva de este fabricante alemán de productos deportivos.
Tags de este contenido: adidas, marcas, branding, publicidad, ...
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Comentarios
Publicado por Mdolores 28-04-2008
El ser dueño de una marca te otorga el derecho a usarla en exclusiva y a impedir que otros usen una idéntica o similar. No tiene mucha lógica registrar una marca, darla a conocer, fidelizar clientes, crear una "imagen" consolidada y que otro intente beneficiarse de ello. Por eso, el titular de una marca se "defiende" ante estas situaciones

Las marcas renombradas efectivamente, gozan de una protección especial, p.e. CocaCola o Pepsi. El riesgo de confusión o de aprovechamiento del prestigio de una marca de dichas características hace que tengan esa "protección mayor"

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