Las cadenas de TV emiten un nivel de publicidad "lesivo" para anunciantes y espectadores

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26-05-2009 por Redacción

El Defensor del Pueblo, Enrique Múgica, critica que las cadenas de televisión "apuran hasta el límite legal" sus emisiones de publicidad, lo que supone un nivel de anuncios que "posiblemente sea lesivo" para los intereses de los anunciantes y los derechos de los espectadores.


Así se desprende del informe anual de esta institución, que asegura que la actual "saturación" publicitaria puede resultar "contraproducente" para la finalidad perseguida por los anunciantes. Múgica señala además que, en ocasiones, los operadores "sobrepasan" el límite establecido, lo que ha conllevado correspondientes sanciones de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información (SETSI).


Precisamente, este departamento recibió las quejas sobre este asunto del Defensor del Pueblo, al que comunicó que no "compartía" la afirmación de que se estuviese produciendo un "incumplimiento sistemático" de las emisiones de televisión bajo competencia del Estado.


"De acuerdo con sus datos, si bien había detectado infracciones, éstas eran sistemáticamente sancionadas y el volumen de las mismas no permitía hablar de un incumplimiento generalizado", señala el informe. No obstante, este departamento afirmó que "compartía plenamente la preocupación sobre la necesidad de reconducir las reglas".


PUBLICIDAD, SÓLO 12 MINUTOS


En este sentido, Múgica resalta que la SETSI ya está considerando, en los trabajos previos para la transposición de la nueva directiva europea de medios audiovisuales, la limitación de 12 minutos de publicidad "a todas las formas" de publicidad y televenta. "Como consecuencia de la aplicación de este criterio, desaparecería el margen adicional de cinco minutos para otras formas de publicidad y los anuncios de autopromoción que no fueran avances de programación, no disfrutarían de un régimen especialmente ventajoso", explica.


Cabe recordar que la actual ley autoriza, dentro de una hora de emisión, no sólo 12 minutos de anuncios de publicidad de terceros y de televenta, sino también hasta 5 minutos adicionales de otras formas de publicidad y autopromoción e incluso la emisión de programas de televenta de, al menos, 15 minutos.


A la fecha de la conclusión del informe del Defensor del Pueblo, se estaba a la espera de la información sobre la previsión de fechas del proceso normativo en vía administrativa hasta su remisión a las Cortes Generales para su trámite y aprobación.

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19-03-2010 Por Editorial
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