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Los españoles podrán evitar desde hoy publicidad no deseada en e-mail y teléfonos

Por Redacción - 30 Junio 2009

Los ciudadanos disponen desde hoy de un nuevo sistema para evitar recibir comunicaciones comerciales no deseadas, es decir, las personas que no quieran recibir publicidad telefónica, electrónica o legal tendrán la posibilidad de suscribirse a un nuevo servicio de "Lista Robinson" que suprime estas comunicaciones, según informó esta mañana la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y la Federación de Comercio Electrónico y Marketing Directo (FECEMD).

Hasta la fecha las listas comunes de exclusión, o "Listas Robinson", solo permitían restringir la publicidad no deseada que recibían los ciudadanos a través de correo postal. Ahora, con este nuevo servicio tampoco recibirán llamadas, sms, ni mails de empresas con las que no mantenga o no haya mantenido algún tipo de relación.

En concreto, se trata de un fichero de exclusión publicitaria en el que los interesados que se inscriban, de manera gratuita, podrán seleccionar por sí mismos el medio o medios a través de los cuales no quieran recibir publicidad de las entidades que para el desarrollo de las campañas publicitarias empleen datos personales que obtenidos de fuentes públicas (como guías telefónicas) o bases de datos de las que no sean responsables.

Además, también se ha habilitado un sistema que permite a los ciudadanos seleccionar entidades con las que ha mantenido o mantiene una relación contractual para manifestarles su negativa a recibir publicidad telefónica de las mismas.

De este modo, la FECEMD ha incluido en la web "www.listarobinson.es" un espacio a través del cual los ciudadanos se pueden poner en contacto con las entidades que sean usuarias del servicio de FECEMD con las que han mantenido o mantienen en la actualidad algún tipo de relación, y de las que no desean recibir comunicaciones comerciales por vía telefónica, para que éstas se pongan en contacto el solicitante con el objeto de atender su solicitud. La inscripción a estos nuevos servicios se realiza exclusivamente "online" y será efectiva en el plazo de tres meses desde el día siguiente al que el ciudadano se registra.

GRANDES DEFICIENCIAS

El director de la AEPD, Artemi Rallo, explicó que uno de los principales motivos de consulta y preocupación que los ciudadanos trasladan a la AEPD es cómo evitar la recepción de publicidad, fundamentalmente telefónica, bien a través de llamadas o de la recepción de mensajes SMS. Además, recordó que el plan sectorial realizado el pasado año sobre publicidad telefónica, puso de manifiesto la existencia de "importantes deficiencias" en los mecanismos con los que cuenta el ciudadano para hacer frente a la publicidad no deseada.

Por ello, destacó que la Agencia, en el marco de la relación fluida que mantiene con FECEMD, ha compartido la iniciativa de impulsar un Fichero de Autoexclusión para que pueda ser un instrumento eficaz y actualizar y ampliar el Servicio de Lista Robinson, como instrumento que facilite la aplicación del Reglamento referido a este tema.

Con el fichero de autoexclusión, las empresas podrán tener acceso a la información que contiene este documento de forma gratuita o de pago. En la modalidad de gratuitas las búsquedas se limitarán a 100 de forma individualizada por interesado. En el caso de escoger la modalidad de pago el coste de descarga del fichero completo será de 150 euros y el fichero trimestral de 550 euros.

Por su parte, la presidenta de FECEMD, Elena Gómez, recordó que la federación se anticipó a esta normativa, con la creación de la Lista Robinson hace más de 12 años dentro de un Código propio de autorregulación. A este respecto, precisó que "entonces, las comunicaciones comerciales de este tipo se realizaban casi exclusivamente por correo postal, por lo que la Lista se dirigía a restringir la publicidad no deseada que recibían los ciudadanos a través de este canal de comunicación". Pero, "ahora es necesario actualizar dicho servicio y adaptarlo al nuevo entorno económico y social", concluyó.

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