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La AUC satisfecha por el acuerdo parlamentario para reducir el tiempo de publicidad

Para AUC, la Ley General de Comunicación Audiovisual no puede ignorar las limitaciones establecidas por la Directiva de Servicios de Medios Audiovisuales.

Por Redacción - 25 Diciembre 2009

Valora positivamente también que no se recoja la propuesta de CiU de autorizar la publicidad de bebidas alcohólicas de alta graduación en televisión.

Sin embargo, deplora que se mantenga la impunidad de las cadenas en materia de comunicaciones comerciales ilícitas

La Asociación de Usuarios de la Comunicación ha mostrado su satisfacción por la decisión del Grupo Socialista de transar una enmienda que suponga eliminar la saturación publicitaria permitida por el Proyecto de Ley General de la Comunicación Audiovisual, y que podía suponer más de 30 minutos de comunicaciones comerciales por hora de reloj.

Esta posible saturación publicitaria, además de perjudicial para anunciantes y telespectadores, supondría a juicio de AUC un claro incumplimiento de lo señalado por la Directiva de Servicios de Medios Audiovisuales que esta Ley debe trasponer, la cual establece un tope de 12 minutos por hora de reloj para la publicidad televisiva en cualquiera de sus formas.

La Asociación valora también positivamente que el Grupo Socialista no haya aceptado una enmienda de CiU que pretendía, frente a lo legislado en España desde hace más de 20 años, permitir la publicidad de bebidas alcohólicas de alta graduación en televisión.

Para AUC, el aplazamiento hasta enero de la aprobación de Ley General de la Comunicación Audiovisual debería permitir reflexionar sobre algunos aspectos de la norma, fundamentalmente:

En lo relativo a la protección de los menores. Es cierto que el Gobierno mejoró notablemente dicha protección en el Proyecto de Ley frente a lo recogido en el Anteproyecto, pero AUC espera que finalmente el Gobierno acepte determinadas enmiendas referidas a la publicidad infantil y, sobre todo, que restrinja la emisión de los contenidos de pornografía y violencia gratuita a los servicios de comunicación audiovisual a petición, tal y como establece la Directiva comunitaria.

lo relativo al cumplimiento de la Ley por parte de las televisiones. No tiene ninguna justificación para AUC que, en contra de lo que señala la legislación vigente, se pretenda exonerar a las cadenas de la emisión de publicidad ilícita. Esta impunidad administrativa supondría un grave perjuicio para los consumidores, y puede ser fuente de todo tipo de abusos en la utilización de formatos cada vez más agresivos de comunicación comercial.

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