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  • Autocontrol estima una reclamación de AUC contra Orange por publicidad engañosa

    La Compañía utilizaba el eslogan "Sin límites. Sin compromiso" para una promoción que en realidad restringía el tiempo de las llamadas.
    Tags: empresas | publicidad engaosa | orange | Publicado por Redacción
    11-01-2013 (11:54:00)
    Autocontrol estima una reclamación de AUC contra Orange por publicidad engañosa

    La Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (Autocontrol) ha requerido a Orange, filial en España de la compañía gala France Telecom, la retirada de una publicidad sobre su oferta de Internet, voz y SMS por considerarla engañosa. Dicha publicidad, contra la que presentó una reclamación la Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC), ofrecía en su publicidad una tarifa plana mensual “sin límites ni compromisos”, aunque cuando se accedía a la información detallada de dicha oferta se establecían unos máximos de descarga, de tiempo de llamada, de destinos distintos y de cantidad de mensajes, a partir de los cuales la tarifa a cobrar se incrementaba.


    En su resolución, la sección correspondiente del Jurado de Autocontrol señala que, en este caso, la parte captatoria del mensaje, susceptible de llamar preferentemente la atención, llevaría a pensar a un consumidor medio (es decir, “normalmente informado y razonablemente atento y perspicaz”, tal y como lo definen las autoridades comunitarias) que se le está ofreciendo una tarifa plana sin ningún tipo de limitación, aunque otro mensaje secundario y menos destacado contradiga la afirmación principal con costes añadidos para algunos supuestos, por infrecuentes que puedan considerarse. Y ello implica inducir a error a los destinatarios del mensaje comercial e impide que ese consumidor medio pueda comprender de manera adecuada el contenido de la oferta.


    Tras presentar Orange recurso de alzada contra la resolución de Autocontrol, el Pleno del Jurado ha ratificado dicha resolución pronunciándose en el mismo sentido, recordando que el Código de Autorregulación impone al anunciante dos obligaciones básicas: de un lado, la necesidad de que éste ponga todos los medios a su alcance para que el conjunto de los mensajes incluidos en el anuncio y relativos a la oferta sean perceptibles y comprensibles para el consumidor medio. Y de otro, que los mensajes que aparezcan de forma menos destacada (y mucho más si son imperceptibles o ilegibles) no contradigan o limiten de manera relevante el mensaje principal al que el consumidor presta una atención preferente.


    En base a estos principios, consolidados en el tiempo por la doctrina del jurado a través de diferentes resoluciones, Autocontrol ha exigido a Orange la retirada de esa publicidad y su no reiteración en el futuro.


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    • Publicado el 18-05-2013 por Redacción
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