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La publicidad de juegos, imágenes y videos de móvil para adultos tendrá horarios y espacios regulados para su emisión

Por Redacción - 29 Junio 2009

La publicidad de los servicios de contenidos para adultos a través del móvil tendrán unos horarios determinados para su emisión en televisión, en línea con la regulación de los espacios en este medio, y unas publicaciones reguladas donde podrán aparecer sus anuncios, según establecen los Códigos de Conducta de los servicios SMS Premium y líneas 905, aprobados hoy por la Comisión de Supervisión de los Servicios de Tarificación Adicional, cumpliendo con la normativa reguladora de los derechos de los usuarios de telecomunicaciones.

También para proteger a los menores, el código de los servicios SMS Premium, que entrará en vigor una vez transcurridos cuatro meses desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), establece horarios para la publicidad y el funcionamiento de servicios dirigidos a menores, así como regula las publicaciones que pueden ofrecer estos mensajes cuyos destinatarios son niños.

La publicidad de todos estos servicios deberá incluir el precio del servicio, así como la identificación de su responsable, garantizando el carácter "legible" del mensaje, en caracteres claro y estáticos.

Cuando un usuario solicite estos servicios, el prestador deberá enviarle un SMS informando sobre su precio e identificar a la empresa responsable. "Si se trata de servicios de precio superior a 1,20 euros (de suscripción o para adultos), este mensaje será previo a la contratación, con lo que sólo si el usuario lo acepta expresamente, podrá prestarse el servicio", acotaron.

DAR "ALTAS" Y "BAJAS" EN LAS SUSCRIPCIONES

Por su parte, los concursos deberán contar con sus bases depositadas ante notario y si un voto o una participación de un concursante se recibe fuera de horario, sólo se le podrá facturar el importe de un SMS de texto, sin la parte de tarificación adicional correspondiente al hecho de votar.

En los programas de televisión, mientras que se anuncie el número telefónico para participar, deberá figurar en la pantalla "en todo momento" su precio y la identificación del prestador del servicio.

La contratación de los servicios de suscripción se realizará sólo mediante la palabra "ALTA", que no podrá usarse para otros servicios.

Para cancelar la suscripción, bastará con la palabra "BAJA" y estará prohibido que la empresa continúe con la suscripción si ha recibido ese mensaje.

Por su parte, la regulación de los programas que utilizan números 905, un código que entrará en vigor tres meses después de que la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) asigne los nuevos números 905, establece que estos concursos deberán también incluir siempre y claro el precio y el prestador del servicio.

En los concursos con participación del público a través del 905, será obligatorio un rótulo informativo sobre el número de llamadas recibidas en los últimos 10 minutos para que el usuario conozca el número de participantes y sus posibilidades de acceder al programa.

Se prohíbe el uso de números con tarificación adicional --a través de cualquier prefijo que se utiliza-- para los servicios de atención al cliente o posventa vinculados a la compra de bienes o servicios.

"El eventual incumplimiento de las obligaciones del código de conducta podrá denunciarse. Si se constata que ha habido incumplimiento, se le retirará al prestador del servicio el número con el que haya cometido la infracción. La vigilancia del control del cumplimiento del código corresponde a la Comisión de Supervisión de Servicios de Tarificación Adicional", concluyeron.

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