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El Tribunal Supremo invalida parte del Real Decreto sobre Publicidad en Juegos de Azar y Apuestas online

Por Redacción - 10 Abril 2024

El Tribunal Supremo invalida disposiciones clave del Real Decreto del Gobierno que restringe la publicidad en el ámbito de los juegos de azar y apuestas 'online'. La máxima instancia judicial ha dictaminado que ciertas restricciones o prohibiciones incluidas en la normativa carecen de un fundamento legal adecuado.

La sentencia del Tribunal Supremo representa un revés para la legislación impulsada por el ex ministro de Consumo, Alberto Garzón, conocida como Ley del Juego. La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha acogido favorablemente los recursos que cuestionaban varios apartados de este Real Decreto, el cual limitaba la publicidad en medios de comunicación relacionada con la industria del juego.

El Alto Tribunal ha declarado nula una serie de artículos del Real Decreto 958/2020 que regulan las comunicaciones comerciales en el ámbito del juego y las apuestas 'online', argumentando que algunas restricciones carecen de base legal suficiente. Entre los artículos anulados se encuentran el 13, en sus apartados 1 y 3, referentes a la promoción dirigida a nuevos clientes; el artículo 15, que trata sobre la aparición de personajes famosos en la publicidad; y el artículo 23, apartado 1, que establece una prohibición generalizada para la difusión de comunicaciones comerciales a través de servicios de la sociedad de la información.

Además, el Tribunal Supremo ha invalidado el artículo 25.3, relativo a la publicidad del juego en plataformas de intercambio de vídeos, así como el artículo 26, en sus apartados 2 y 3, que limita la posibilidad de realizar publicidad a través de redes sociales.

Esta decisión judicial se basa en la estimación parcial del recurso presentado por la Asociación Española de Juego Digital contra el Real Decreto aprobado en noviembre de 2020 bajo la gestión de Alberto Garzón en el Ministerio de Consumo. El tribunal ha desestimado, sin embargo, el recurso respecto de otros apartados reglamentarios, considerando que cuentan con una base legal suficiente y que las restricciones establecidas son proporcionadas.

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