Por Redacción - 22 Octubre 2025

La tecnología, concebida en sus inicios como un vehículo de conexión global, ha desarrollado paralelamente una sombra de vulnerabilidad que, hoy, se proyecta directamente sobre las plataformas sociales más influyentes.

Un reciente litigio en Estados Unidos ha puesto de relieve la presunta complicidad, por omisión, de Meta Platforms Inc. y sus subsidiarias (Facebook, Instagram y WhatsApp) en una sofisticada trama de suplantación de identidad. La demanda colectiva, iniciada por los demandantes John Suddeth y Sara Perkins en octubre de 2025, no solo busca reparación por daños, sino que confronta directamente la política publicitaria del gigante tecnológico, acusándolo de permitir el uso ilícito de la imagen, el nombre, la voz y el branding de profesionales financieros en anuncios pagados. Esta situación compromete gravemente la integridad del mercado de inversiones y la confianza pública en la figura del asesor.

Los profesionales demandantes alegan que la infraestructura de Meta se convirtió en el canal predilecto para diseminar una serie de anuncios fraudulentos.

La mecánica operativa, detallada en la propia acción judicial, describe cómo los estafadores se habrían apropiado de la identidad de asesores y expertos reconocidos para promocionar inversiones en valores chinos de baja liquidez y alta volatilidad. El proceso se articula, supuestamente, a través del sistema estandarizado de la herramienta Ads Manager de Meta: el anunciante ilícito selecciona un objetivo, carga activos creativos —incluyendo las identidades robadas—, segmenta la audiencia y establece el presupuesto. De esta manera, una operación meticulosamente diseñada para la publicidad legítima se habría instrumentalizado como un funnel de fraude masivo, dirigiendo a usuarios incautos desde anuncios de Instagram o Facebook hasta grupos de inversión de alto riesgo coordinados, a menudo, mediante WhatsApp, consolidando así un ciclo de engaño que utiliza la credibilidad ajena como principal cebo.

Un punto crítico en la acusación es la supuesta pasividad de la compañía ante señales de alarma claras y previas. Los demandantes aseguran que Meta había sido notificada con anterioridad por una coalición bipartidista de fiscales generales estatales de EE. UU. sobre el uso sistemático de anuncios de suplantación y grupos de WhatsApp para perpetrar fraudes extendidos contra los consumidores estadounidenses. Este aviso constituía una advertencia inequívoca sobre la necesidad de tomar medidas inmediatas para purgar estas prácticas de las plataformas. No obstante, según la presentación judicial, Meta habría permitido que anuncios idénticos y estructuras de fraude proliferasen durante julio de 2025 y posteriormente, sugiriendo una omisión deliberada o, al menos, una negligencia grave en la protección de sus usuarios y de los profesionales cuyas identidades eran robadas. Esta inacción, de ser probada, podría reconfigurar la responsabilidad de las plataformas sobre el contenido publicitario que alojan y monetizan, trascendiendo la mera figura de intermediario.

El marco legal que sustenta la demanda es robusto y multifacético, abarcando leyes federales y estatales clave.

Los demandantes invocan la Ley Lanham, que protege contra la competencia desleal y la infracción de marcas, al entender que el uso no autorizado de credenciales profesionales constituye un engaño al consumidor sobre la fuente del servicio. A ello se suman las violaciones del Derecho de Publicidad de California y Florida, normativas diseñadas para proteger a las personas contra el uso comercial de su nombre o semejanza sin consentimiento. El pleito se extiende además a la Ley de Competencia Desleal de California y la Ley de Prácticas Comerciales Engañosas e Injustas de Florida, reforzando la tesis de que la conducta de Meta fue ilícita y perjudicial. La clase propuesta busca representar a todos los profesionales financieros en Estados Unidos cuyas identidades (nombres, imágenes, credenciales o persona profesional) hayan sido utilizadas en anuncios pagados para promover valores u oportunidades de inversión desde el 1 de enero de 2023 hasta la actualidad.

El objetivo final de esta acción legal va más allá de la compensación económica; se exige un juicio con jurado y se solicitan medidas declaratorias e inhibitorias, además de una indemnización por daños reales, estatutarios y punitivos para los afectados. En esencia, se plantea la necesidad de obligar a Meta a implementar mecanismos de control mucho más rigurosos que eviten la reincidencia de estos delitos de apropiación de identidad.

La historia detrás de la demanda es profundamente humana y refleja el terror de un profesional al ver su reputación labrada durante años convertida en un vector de fraude contra la ciudadanía. La confianza es el activo más valioso en el sector financiero, y su destrucción, orquestada mediante la suplantación digital, tiene repercusiones que exceden las pérdidas monetarias, impactando en la salud profesional y el futuro laboral de las víctimas. Se espera que este caso sirva como un hito regulatorio que obligue a las grandes tecnológicas a asumir una responsabilidad mucho más activa en la moderación del contenido publicitario que inunda sus feeds y reels.

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